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Decisión Administrativa
 

El día 22 de Diciembre de 2004 se ha publicado en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 669/2004 cuyo contenido se resume a continuación. Posteriormente, la Resolución SGP 45/2005 faculta al Director Nacional de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información a aprobar la Política de Seguridad de la Información Modelo y dictar las normas aclaratorias y complementarias.



Definiciones principales
 
  • Los Organismos deberán dictar o adecuar su Política de Seguridad de la Información conforme al Modelo de Política aprobado por la ONTI mediante la Disposición 006/2005 de fecha 25 de julio de 2005.
  • Las máximas autoridades de los organismos deberán conformar un Comité de Seguridad de la Información integrado por representantes de las Direccones Nacionales o Generales o equivalentes del Organismo.
  • Las máximas autoridades de los Organismos deberán asignar las responsabilidades en materia de seguridad de la información a funcionarios de su planta.

Organismos alcanzados
Ley 24.156 - Art 8° -Inc. a) y c)

- Administración Nacional

* La Administración Central

* Los Organismos Descentralizados (incluso las Instituciones de Seguridad Social)

- Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional

* Cualquier organización estatal no empresarial con:
:: Autarquía financiera
:: Personalidad jurídica
:: Patrimonio propio
donde el Estado Nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones.


Plazos definidos
El dictado o adecuación de la Política de Seguridad deberá ser finalizado a los 180 días contados a partir de la aprobación del Modelo de Política de la ONTI .